El Gobierno de Mendoza logró un avance significativo en su agenda legislativa al lograr la aprobación en la Cámara de Diputados del proyecto de ley para la creación del Fondo de Compensación Ambiental. La iniciativa fue aprobada con un contundente respaldo que incluyó el apoyo de la oposición, alcanzando 39 votos a favor y solo 6 en contra. El proyecto ahora pasará a la órbita del Senado para su tratamiento final.
El origen y el propósito del Fondo Compensar
El proyecto del Fondo Compensador del Medio Ambiente fue anticipado por el gobernador Alfredo Cornejo y acompañó el envío de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto minero PSJ Cobre Mendocino a la Legislatura. El objetivo central de la iniciativa, que también acompaña la propuesta de ley de regalía, es cobrar a las empresas que extraigan minerales un porcentaje para crear un fondo.
Estos recursos estarán destinados al Fondo Compensador del Medio Ambiente con la finalidad de prevenir todas las actividades que puedan tener impacto ambiental.
La creación de este Fondo permitirá una intervención inmediata ante daños ambientales, colectivos, emergencias o zonas degradadas.
Los recursos del Fondo podrán destinarse específicamente a:
La restauración o mitigación de daños ambientales de incidencia colectiva cuando los responsables sean insolventes o no estén determinados.
Acciones de compensación para recomponer áreas afectadas por actividades industriales.
La atención de emergencias ambientales.
La ejecución de obras de recomposición ecológica que benefician a comunidades afectadas.
El Fondo Compensador Ambiental será financiado a través de una diversidad de fuentes, incluyendo:
Recursos provenientes de multas y tributos ambientales.
Indemnizaciones judiciales.
Apoyos por Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA).
Créditos, donaciones y recuperadores legales.
El texto del proyecto invita tanto al Departamento General de Irrigación como a los Municipios a adherirse y destinar recursos al Fondo.
Una vez que el proyecto sea promulgado, se establece un plazo de 180 días para la reglamentación posterior.
Fuente: Diario Jornada